El proceso de admisión del alumnado 2016-2017 en los centros docentes de Castilla y León para cursar enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o bachillerato.
Tres periodos de escolarización
Periodo de admisión ordinario
En este periodo participan los alumnos que, con el fin de cursar enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación básica y bachillerato, pretendan acceder a un centro docente bien porque comience la escolarización, porque inicie una enseñanza que así lo requiera o porque desee cambiar de centro docente.
Fechas
Periodo extraordinario
En este periodo participa el alumnado que no hubiese resultado adjudicatario de plaza en el periodo ordinario por no existir vacante en los centros solicitados; y el alumnado que hubiese presentado su solicitud entre la finalización del plazo establecido para ello y la finalización del plazo de reclamaciones a los listados de baremación.
La participación en este periodo extraordinario no requerirá presentar nueva solicitud de admisión, solamente si se desea ampliar la elección de centros solicitados inicialmente.
Fechas
Presentación de la solicitud
La solicitud de plaza escolar en el periodo de admisión ordinario se realizará con carácter general mediante el formulario disponible en los centros docentes, en las direcciones provinciales de Educación, en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Castilla y León (www.tramitacastillayleon.jcyl.es) o en el Portal de Educación de la Junta.
Solo se presentará una única solicitud por alumno. La solicitud se presentará en el centro elegido como primera opción, aunque se añadirán, por orden de preferencia, otros colegios por si no hubiera plaza en el primero. Se deben seleccionar un máximo de siete.
Documentación a presentar en el centro
Formularios PDF descargables desde los siguientes enlaces:
> Solicitud de admisión 2016 (308.4 KB) (2 páginas)
> Documentación a presentar junto con la solicitud (86.1 KB) (4 páginas)
Si un alumno/a debe participar necesariamente en el proceso de admisión debido a que su centro actual no imparte las enseñanzas obligatorias que le correspondería proseguir, el propio centro le proporcionará una solicitud pregrabada y personalizada, para revisarla y completarla.
La solicitud debe estar firmada por todas las personas que ostenten la patria potestad sobre el alumno/a. La pérdida de la patria potestad, si se alega, tendrá que estar documentada.
Junto a la solicitud debe entregarse copia de las páginas del libro de familia que refieren al alumno/a y sus progenitores o tutores. Además, también se adjuntará la documentación acreditativa de las circunstancias que se aleguen y que no se hayan autorizado para su verificación electrónica. Es recomendable optar por la verificación telemática, ya que simplifica la presentación de la solicitud y su tramitación es más fiable. Además, cualquier posible error en la baremación puede ser subsanado posteriormente.
La solicitud de admisión en el periodo ordinario se presenta siempre en el centro que se haya elegido como primera opción, entre los días 16 de marzo y 8 de abril de 2016. Debe presentarse por uno de los solicitantes, que mostrará su DNI/NIE (no es necesario entregar copia); en caso de ser presentada por otra persona, ésta deberá entregar fotocopia del DNI/NIE de los solicitantes en la que se incluya autorización escrita de éstos para presentarla en su nombre.
Normativa aplicable
RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2016, (2.6 MB) (20 páginas) de la Dirección General de Política Educativa Escolar, por la que se concreta la gestión del proceso de admisión del alumnado en los centros docentes de Castilla y León para cursar en 2016-2017 enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato.
ORDEN EDU/178/2013, de 25 de marzo, por la que se desarrolla el Decreto 11/2013, de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.
DECRETO 11/2013, de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.
Preguntas frecuentes
Recopilacion de preguntas. Admisión 2016 (433.4 KB) (13 páginas)
Baremación
En caso de que el colegio reciba más solicitudes que plazas se atenderá a unos criterios de baremación prioritarios y complementarios que ofrecerán una puntuación que servirá para decidir. La baremación vigente para obtener puntos es la siguiente:
En caso de empate la admisión se dilucidará mediante la selección de aquellos alumnos que obtengan mayor puntuación aplicando uno a uno, y con carácter excluyente, los criterios que se exponen a continuación en el siguiente orden:
Los criterios complementarios de los centros ofrecen 2 puntos. Estos criterios se regirán por el principio de equidad y no considerarán en ningún caso la valoración de enseñanzas no sostenidas con fondos públicos. El consejo escolar de cada centro docente podrá determinar su criterio complementario combinando de forma disyuntiva hasta tres de las referidas circunstancias puntuables, comunicándolo a la Dirección Provincial de Educación a efectos de su validación y posterior publicación. Se pueden consultar en cada centro, tablón de anuncios de la Dirección Provincial y Pág web.
En el anexo I de la orden aparecen dichos criterios: